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NEDA 324 Asset Management S.A. · MADRID

Inversión

Para propietarios que quieren vender. Qué compramos, con qué criterios y cómo se desarrolla la operación desde la primera llamada hasta la escritura.

PRODUCTO


Qué adquirimos

Inmuebles de naturaleza urbana situados en Madrid, con capacidad de generar renta desde el primer año o tras una rehabilitación acotada.

  • RESIDENCIAL

    Vivienda

    Pisos en edificios consolidados, con o sin inquilino en vigor. También lotes de varias unidades en un mismo edificio.

  • TERCIARIO

    Local y oficina

    Locales a pie de calle con actividad o vacíos, y oficinas en edificios con comunidad ordenada.

  • COMPLEMENTARIO

    Garaje y trastero

    Plazas y trasteros, sueltos o en lote, especialmente cuando complementan un activo residencial de la cartera.

  • SITUACIONES ESPECIALES

    Operaciones complejas

    Herencias en proindiviso, inmuebles con cargas, arrendamientos de renta antigua o discrepancias entre Registro y Catastro.

CRITERIO


Qué comprobamos antes de ofertar

Cinco verificaciones que hacemos siempre, con independencia del importe de la operación, y cuyo coste asumimos nosotros.

  • 01

    Situación registral

    Nota simple actualizada, titularidad, cargas, embargos, afecciones fiscales y coincidencia entre Registro y Catastro.

  • 02

    Situación arrendaticia

    Contratos en vigor, renta, fianza depositada, estado de pagos y régimen aplicable al arrendamiento existente.

  • 03

    Situación urbanística

    Licencias de las obras existentes, antigüedad acreditada, posibles expedientes y usos admitidos en el local.

  • 04

    Edificio y comunidad

    Estado de la estructura y de las instalaciones comunes, derramas aprobadas o previsibles y certificado de estar al corriente.

  • 05

    Números

    Renta de mercado alcanzable, gastos recurrentes de IBI, comunidad, seguro y conservación, y coste de la puesta en condiciones.

PROCESO


De la primera llamada a la notaría

Cuatro pasos, con constancia escrita en cada uno.

  1. Primer contacto

    Nos indicas referencia catastral, distrito y situación de ocupación. Hacemos una primera criba en cuarenta y ocho horas.

  2. Visita y verificación

    Visitamos el inmueble y solicitamos nota simple. Las comprobaciones corren de nuestra cuenta, no de la del propietario.

  3. Oferta escrita

    Precio, forma de pago, fecha prevista de escritura y reparto de gastos, con un plazo de validez indicado.

  4. Arras y escritura

    Firma de arras, fijación de notaría y otorgamiento. Colaboramos con la diligencia que la normativa impone a notario y entidades.

DUDAS FRECUENTES


Antes de ofrecernos un inmueble

Las preguntas que más nos hacen los propietarios en la primera conversación.

¿Cobráis algo al propietario?

No. Cuando adquirimos actuamos como parte compradora, no como agencia, así que no existe comisión de intermediación. Las comprobaciones previas —nota simple, consultas urbanísticas, visita técnica— las pagamos nosotros.

¿Compráis con el inquilino dentro?

Sí, y es una de las situaciones que mejor encajan con nuestra actividad, porque el activo entra en renta desde el primer día. Necesitamos el contrato en vigor, el importe de la renta, el justificante del depósito de la fianza y la situación de pagos.

¿Qué pasa si el inmueble tiene cargas o está en proindiviso?

No es un obstáculo por sí mismo. Lo habitual es cancelar las cargas con cargo al precio en el propio acto de la escritura. En un proindiviso necesitamos que todos los copropietarios estén de acuerdo antes de emitir oferta.

¿Cuánto tarda la operación?

Depende de la documentación. Con el título de propiedad y la situación registral en orden, el plazo habitual entre la aceptación de la oferta y la escritura es de cuatro a ocho semanas.

¿Qué documentación necesitáis?

Escritura o título de propiedad, referencia catastral, último recibo del IBI, certificado energético, certificado de estar al corriente con la comunidad y, si el inmueble está arrendado, el contrato vigente.

¿Quién paga los gastos de la compraventa?

Se reparten conforme a la ley y a lo que se pacte expresamente en la oferta. El detalle del reparto figura por escrito antes de firmar arras, no se deja para la notaría.

Cuéntanos qué inmueble tienes

Con el distrito, el tipo de inmueble y su situación de ocupación tenemos bastante para una primera respuesta honesta.

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